La Caja Popular de Ahorros declaró la nulidad de una designación realizada durante la intervención de José Díaz

La Caja Popular de Ahorros de Tucumán resolvió declarar la nulidad absoluta e insanable de una designación realizada durante la gestión del ex interventor José César Díaz, al considerar que el acto administrativo presentaba irregularidades en la competencia, la motivación y la finalidad.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución de Intervención N.º 339/26, firmada por el interventor Guillermo Norry y el subinterventor, luego de que el Tribunal de Cuentas de la Provincia emitiera el Acuerdo N.º 1348 del 29 de abril de 2026, en el que dispuso una comprobación sumaria para analizar posibles perjuicios y deslindar responsabilidades. Según el texto oficial, la resolución cuestionada fue la N.º 494/23, dictada el 21 de junio de 2023, mediante la cual se designó al entonces interventor José César Díaz en un cargo de planta permanente como Subgerente General Adscripto, asignándole además funciones de asesor letrado.

El documento sostiene que, en simultáneo, se le otorgó licencia por cargo político durante el tiempo que durara la intervención. El dictamen jurídico incorporado al expediente advierte que el acto fue suscripto por el entonces subinterventor sin acreditarse formalmente la ausencia o impedimento del interventor titular, condición necesaria para habilitar su competencia. Además, señala que la medida habría beneficiado directamente al propio interventor, configurando un presunto conflicto de intereses.

En ese sentido, la resolución remarca que el acto administrativo se encontraría afectado por “error esencial”, “incompetencia en razón de la materia” y una presunta “desviación de poder”, conceptos previstos en la Ley Provincial N.º 4.537 de Procedimientos Administrativos. El documento también sostiene que la finalidad de la designación no habría respondido a necesidades del organismo, sino al propósito de garantizar estabilidad laboral al funcionario una vez finalizada la intervención.

A partir de estas conclusiones, la Caja Popular dispuso: Declarar la nulidad absoluta e insanable de la Resolución N.º 494/23. Iniciar un sumario administrativo interno.Evaluar el eventual perjuicio económico derivado de la medida. Notificar al Tribunal de Cuentas y a las áreas correspondientes.

Asimismo, se otorgó un plazo de 60 días para la finalización de la investigación administrativa que buscará determinar posibles responsabilidades derivadas del acto cuestionado.

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